La Asociación Española de Fabricantes de Estufas, Chimeneas y Cocinas para Combustibles Sólidos (AEFECC) es miembro de la Comisión Consultiva del Observatorio de Vigilancia de Mercado de UNE, compuesto por más de 40 organizaciones empresariales españolas, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el Ministerio de Consumo y diferentes Autoridades con competencia en vigilancia de mercado.
El Reglamento (UE) 2019/1020 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativo a la Vigilancia de Mercado y la conformidad de los productos, tiene como objetivo mejorar el funcionamiento del mercado interior mediante el fortalecimiento de la vigilancia de mercado, para asegurar que los productos que se pongan en el mercado sean conformes a la legislación que les es aplicable y contribuir así a aumentar la confianza de los consumidores.
El artículo 9 del citado Reglamento establece un marco de colaboración de las Autoridades de vigilancia de mercado de las administraciones públicas con los operadores económicos, dicha colaboración público-privada se concreta en la posibilidad de realizar actividades conjuntas de Vigilancia de Mercado, lo que motivó que se constituyera el referido Observatorio de Vigilancia de Mercado, integrado en UNE, cuya vocación es contribuir a la mejora de la vigilancia de mercado en España y servir de dicho marco de colaboración, teniendo entre sus funciones realizar labores de difusión y comunicación en dicha materia.
El Observatorio está encargado de apoyar y complementar las actuaciones de los miembros de UNE en materia de Vigilancia de Mercado, en particular en apoyo al Reglamento referido en el párrafo anterior sirviendo a las Comunidades Autónomas y a sus inspectores de punto de información, referencia y asistencia. Si lo desean, pueden Uds. consultar el Informe de Actuaciones llevadas a cabo por el Observatorio durante el año 2022 en este enlace:
El pasado 1 de enero de 2022 entró en vigor el Reglamento (UE) 2015/1185 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2015, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico (ECODISEÑO) a los aparatos de calefacción local de combustible sólido, entre los que se encuentran las estufas y chimeneas de leña o pellets. Los artículos 3 y 8 del citado Reglamento establecen que desde el 1 de enero de 2022 dichos aparatos deben cumplir con los requisitos que establece el Anexo II, no permitiéndose desde ese momento la comercialización y entrada en servicio de los equipos que no se ajusten a la mencionada normativa de ECODISEÑO.
La puesta en el mercado de productos no conformes con la legislación tiene consecuencias muy negativas para los agentes económicos que operan en los mercados. Los incumplimientos producen graves riesgos de seguridad, funcionamiento y medioambientales y tienen un impacto muy negativo para el medio ambiente, las empresas y la ciudadanía.
La puesta en el mercado de un producto conlleva la obligación de llevar a cabo una correcta evaluación de la conformidad, que está asociada a la aplicación de normas técnicas y de la legislación sectorial correspondiente. UNE es el actor más idóneo para actuar porque la promoción y uso de las normas forma parte de su misión como asociación nacional de normalización.
El uso de las normas técnicas proporciona confianza en los mercados, impulsa la actividad industrial y constituye una garantía para los consumidores. Y, además, son herramientas muy útiles para la vigilancia de mercado porque sirven para comprobar si los productos son conformes con la legislación técnica que les aplica.
Muchos de los miembros de UNE llevamos tiempo trabajando para eliminar o, al menos, reducir el problema de la presencia de productos no conformes en el mercado. La entrada en vigor del Reglamento Europeo (UE) 2019/1020 de Vigilancia de Mercado y Conformidad de Productos nos ofrece una gran oportunidad para utilizar todos los recursos, públicos y privados, que tenemos a nuestro alcance.